Cualquier persona trabajadora de la APDCAT, así como la ciudadanía que haya tenido una relación profesional o contractual con la Autoridad y, en general, a las personas a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 2/2023.
Canal para informar de posibles infracciones en el ámbito laboral o profesional.
| Contacto |
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Correo electrónico: alertainterna.apdcat@gencat.cat Teléfono: 93 552 78 00 (de lunes a viernes laborables de 9.00 a 14.00 horas). La identidad de la persona denunciante será en todo caso reservada y no se comunicará a las personas a las cuales se refieren los hechos relatados ni a terceros. |
Cualquier persona trabajadora de la APDCAT, así como la ciudadanía que haya tenido una relación profesional o contractual con la Autoridad y, en general, a las personas a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 2/2023.
El plazo para dar respuesta a la denuncia es de 3 meses, a contar desde el día siguiente a la presentación de la denuncia.
Los datos personales proporcionados en el contexto del funcionamiento del canal interno de denuncias, así como la información que se obtenga en su marco serán tratados por la Dirección de la APDCAT en calidad de responsable del tratamiento y los miembros del Órgano responsable del Canal Interno como la unidad responsable de la gestión y tratamiento de la denuncia, y ambos con la exclusiva finalidad de tramitar y resolver sobre la admisión o no de la denuncia, analizar e instruir los expedientes y realizar las actuaciones que sean procedentes. El tratamiento se ampara en el cumplimiento de una obligación legal, de acuerdo con el artículo 6.1.c) RGPD, art.8 LOPDGDD y 11 Ley orgánica 7/2021.
Los datos pueden ser conocidos por las siguientes personas:
Los artículos 37 y 38 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, enumeran las medidas de apoyo y protección para la persona denunciante frente a posibles represalias.
Puede ejercer los derechos regulados en los artículos 15 a 22 del RGPD enviando su solicitud a la dirección de la APDCAT o mediante su sede electrónica.
Los datos se deberán conservar durante el tiempo imprescindible para llevar a cabo la investigación de los hechos denunciados. Este período no excederá de tres meses desde la introducción de los datos en el sistema, salvo que la finalidad de la conservación sea dejar evidencia del funcionamiento del propio canal de denuncias o que se deriven procedimientos administrativos o judiciales de las medidas adoptadas. Igualmente, se le informa de que, tras su petición de supresión, los datos podrán quedar bloqueados durante los plazos en que de las denuncias o actuaciones llevadas a cabo por la organización pudieran derivarse responsabilidades.
En ningún caso se podrán conservar por un tiempo superior a 10 años.
La autoridad Independiente de Protección del Informante en Cataluña es la Oficina Antifraude de Cataluña.
Oficina Antifraude de Cataluña
Última actualización: 24.02.2026