Evaluación en materia de transparencia

Informe sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa según la normativa vigente.


La Autoridad Catalana de Protección de Datos, en virtud de su independencia como autoridad de control de protección de datos, dispone de su propio portal de transparencia, y, en consecuencia, es la misma APDCAT la que corresponde evaluar su contenido.

Esta autoevaluación responde a las obligaciones recogidas en la normativa de transparencia. En este sentido, la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, prevé que los sujetos obligados establezcan procedimientos basados en indicadores objetivos para evaluar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia. A su vez, el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública, prevé que cada administración pública establezca los procedimientos adecuados para efectuar un análisis con el fin de evaluar el grado de cumplimiento interno de sus obligaciones de publicidad activa y darle publicidad activa.

Con este informe se da cumplimiento a las dos obligaciones previstas por el Decreto: 

  • El establecimiento de los procedimientos adecuados para evaluar el grado de cumplimiento. 
  • Dar publicidad activa de esta evaluación. 

Última actualización: 24.02.2026