Cartas de servicios

Las cartas de servicios son documentos que recogen el conjunto de información relativa a los servicios dirigidos directamente a la ciudadanía, con el objetivo de procurar que cumplan unos estándares mínimos de calidad y que puedan ser accesibles de manera eficaz. Dan publicidad a los compromisos de calidad exigibles y a los derechos y obligaciones que asisten a las personas que los utilizan.


La carta de servicios de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, aprobada por resolución de la directora de la APDCAT y publicada en el DOGC número 9288 de 12.11.2024, abarca los siguientes servicios:

  • Atención al público.
  • Ejercicio de los derechos de autodeterminación informativa en los tratamientos de datos efectuados por la APDCAT.
  • Reclamación de tutela de derechos.
  • Denuncia por incumplimiento de la normativa de protección de datos.

El órgano responsable de esta carta de servicios es el director o la directora de la APDCAT.

La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) es un organismo independiente que vela por garantizar los derechos a la protección de datos personales y de acceso a la información vinculada a ellos, en el ámbito de las competencias de la Generalitat.

  • Defendemos los derechos de la ciudadanía: resolvemos las denuncias y reclamaciones que presentan las personas cuando las entidades y organizaciones incumplen el reglamento europeo de protección de datos y la normativa que lo complementa. 
  • Asesoramos a las organizaciones: facilitamos información y recursos a las entidades y las asesoramos en el cumplimiento de la normativa de protección de datos. Promovemos una innovación tecnológica respetuosa con el derecho a la protección de datos y la privacidad. 
  • Fomentamos la formación y la concienciación: impulsamos cursos, jornadas y talleres. Elaboramos materiales divulgativos para difundir los derechos y las obligaciones que garantizan la privacidad y el derecho a la protección de datos de la ciudadanía. 
  • Supervisamos las entidades: controlamos que las entidades del ámbito público catalán cumplan la normativa de protección de datos. También supervisamos al sector privado que presta servicios (art. 3 Ley 32/2020), como empresas de servicios TIC, informática en la nube, educación, salud, entre otros. Asimismo, las asesoramos para introducir la privacidad desde el inicio de cada proyecto. 

La APDCAT gestiona directamente los servicios objeto de esta carta. Cuenta con un equipo de profesionales experto, comprometido y especializado en la protección de los derechos y libertades de las personas físicas en el tratamiento de datos personales.

Nuestros servicios dirigidos a la ciudadanía

La APDCAT ofrece un servicio de atención al público, al que puede dirigirse cualquier persona para solicitar información, presentar una queja o consultar dudas sobre la aplicación de la legislación de protección de datos personales.

Precio: Sin coste para la persona interesada.

Nuestros compromisos de calidad: Los compromisos son exigibles en las condiciones que se detallan a continuación, siempre que los servicios puedan prestarse en una situación de normalidad; es decir, que no sean perturbados por causas fortuitas o de fuerza mayor que afecten su prestación.

Compromisos:

  • Responder a las consultas de información recibidas en un plazo máximo de 7 días hábiles. 
  • Mantener una media de espera inferior a 5 minutos en la atención telefónica. 
  • Ofrecer un trato atento y amable. 

Seguimiento y evaluación del servicio:

  • Número de consultas presentadas anualmente. 
  • Número de consultas contestadas dentro del plazo. 

La persona interesada tiene derecho a saber si la APDCAT trata sus datos personales. En caso afirmativo, tiene derecho a acceder a ellos y obtener información adicional sobre el tratamiento; solicitar que los datos se rectifiquen cuando sean inexactos o incompletos; que, en ciertos supuestos, los datos que la afecten se supriman; oponerse a que se traten, en ciertos casos; o solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en las condiciones legalmente previstas.

Precio: Sin coste para la persona interesada.

Nuestros compromisos de calidad: Los compromisos son exigibles en las condiciones que se detallan a continuación, siempre que los servicios puedan prestarse en una situación de normalidad; es decir, que no sean perturbados por causas fortuitas o de fuerza mayor que afecten su prestación.

Compromiso:

  • Resolver la solicitud en el plazo de 1 mes. Este plazo puede llegar a ser de 3 meses, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes.

Seguimiento y evaluación del servicio:

  • Número de peticiones presentadas anualmente. 
  • Número de peticiones resueltas dentro del plazo. 

Las personas interesadas pueden presentar una reclamación a la APDCAT cuando una entidad pública o que preste servicios públicos en Cataluña les deniegue, en parte o totalmente, la solicitud de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición o no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. También, cuando no haya recibido respuesta a la solicitud dentro del plazo establecido por la normativa.

Si la entidad queda fuera del ámbito competencial de la APDCAT, la Autoridad traslada la reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y lo informa a la persona interesada. Para obtener información sobre el trámite de las reclamaciones trasladadas a la AEPD, la persona interesada debe dirigirse directamente a dicha agencia.

Precio: Sin coste para la persona interesada.

Nuestros compromisos de calidad: Los compromisos son exigibles en las condiciones que se detallan a continuación, siempre que los servicios puedan prestarse en una situación de normalidad; es decir, que no sean perturbados por causas fortuitas o de fuerza mayor que afecten su prestación.

Compromisos:

  • Resolver la reclamación en un plazo de 6 meses. En el caso de reclamaciones vinculadas con el tratamiento de datos para la prevención, investigación y enjuiciamiento de infracciones y sanciones penales, el plazo es de 3 meses. 
  • Si la entidad queda fuera del ámbito competencial de la APDCAT, la Autoridad traslada la reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un plazo de 30 días hábiles. 

Seguimiento y evaluación del servicio:

  • Número de reclamaciones presentadas anualmente. 
  • Número de reclamaciones resueltas. 

Cualquier persona puede denunciar ante la APDCAT un hecho que pueda constituir una infracción en materia de protección de datos personales.

Si la entidad objeto de la denuncia queda fuera del ámbito competencial de la APDCAT, la Autoridad traslada la reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y lo informa a la persona interesada. Para obtener información sobre el trámite de las denuncias trasladadas a la AEPD, la persona interesada debe dirigirse directamente a la agencia.

Precio: Sin coste para la persona interesada.

Nuestros compromisos de calidad: Los compromisos son exigibles en las condiciones que se detallan a continuación, siempre que los servicios puedan prestarse en una situación de normalidad; es decir, que no sean perturbados por causas fortuitas o de fuerza mayor que afecten su prestación.

Compromisos:

  • Cuando los hechos denunciados se atribuyan a una persona o entidad incluida dentro del ámbito de actuación de la APDCAT, el Área de Inspección y Técnica abre una fase de investigación. 
  • Si la entidad queda fuera del ámbito competencial de la APDCAT, la Autoridad traslada la reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en un plazo de 30 días hábiles. 

Seguimiento y evaluación del servicio:

  • Número de denuncias presentadas anualmente. 
  • Número de expedientes sancionadores resueltos anualmente. 

Este trámite permite ejercer el derecho de acceso a la información pública de la que dispone la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT). Lo pueden ejercer tanto las personas físicas (a partir de los 16 años) como las jurídicas.

Es importante señalar que, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC), el acceso de las personas interesadas a los documentos que forman parte de procedimientos administrativos en trámite se rige por lo que determine la legislación sobre régimen jurídico y procedimiento administrativo. En el caso de las materias que tienen establecido un régimen de acceso especial, dicho acceso se regula por su normativa específica y, con carácter supletorio, por la LTC.

Precio: Sin coste para la persona interesada.

No obstante, la expedición de copias y la transposición a formatos diferentes del original pueden estar sujetas a una contraprestación económica establecida por la ordenanza fiscal correspondiente, si corresponde.

Nuestros compromisos de calidad: Los compromisos son exigibles en las condiciones que se detallan a continuación, siempre que los servicios puedan prestarse en una situación de normalidad, es decir, que no sean perturbados por causas fortuitas o de fuerza mayor que afecten la prestación.

Compromiso:

  • Resolver la solicitud en un plazo de un mes.

Seguimiento y evaluación del servicio:

  • Número de solicitudes presentadas anualmente. 
  • Número de solicitudes resueltas dentro del plazo. 

Quejas y sugerencias

Las quejas y sugerencias deben dirigirse a la Autoridad Catalana de Protección de Datos mediante este enlace.

Última actualización: 21.01.2026